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Penas sobre el ‘grooming’

El Internet grooming puede ser considerado como un delito englobado dentro del exhibicionismo, la difusión y la corrupción de menores o incapaces (entendiendo como incapaz a aquella persona que no puede realizar actos civiles o que carece de aptitud legal para determinadas acciones), tal y como explica el Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (Inteco). Estos delitos están registrados en los artículos 185, 186 y 189 del Código Penal español.

Para que se produzca un caso de exhibicionismo, según indica el Inteco, debe darse la exhibición obscena y de carácter sexual ante menores de edad o incapaces. Este hecho está castigado con una pena de prisión que puede ir desde seis meses hasta un año o con una multa que deberá ser pagada entre 12 y 24 meses en función de la infracción, según afirma el Código Penal.

Por otra parte, respecto a la difusión de contenidos pornográficos se deben dar tres elementos: que dicho contenido se venda o difunda a través de un medio directo, que los destinatarios sean menores o incapaces, y que sean materiales idóneos para producir daños psicológicos. Este delito implica el mismo castigo que el citado anteriormente.

Finalmente, la corrupción de menores implica diversos casos de situaciones de ámbito sexual que pueden llegar a suponer penas de cinco a nueve años de cárcel, dependiendo de la actuación.

Se debe entender que la exhibición no tiene porqué ser presencial, sino que esta se puede llevar a cabo a través de medios electrónicos; por ello, exhibirse a través de webcam o chat privado y mantener conversaciones de índole sexual pueden ser constitutivas de delito, siempre que estas puedan ser dañinas para el menor.

El Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación recomienda en caso de encontrarse frente a una situación de grooming:

  • Intentar mantener la seguridad del menor.

  • Solicitar al prestador de servicios de Internet o a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que dichos contenidos sean retirados.

  • Denunciar los hechos ante las autoridades pertinentes para que puedan investigar el caso.

Laura Gómez

La UE y los grandes de Internet se involucran en la protección de los menores en la red

La Comisión Europea lidera una coalición con las empresas más importantes de Internet —entre las cuales se incluyen Google, Facebook y Apple—, para mejorar la protección de los menores en la red, según una información ofrecida por RTVE.

Veintiocho empresas trabajarán conjuntamente para desarrollar un sistema de clasificación de los contenidos por edades, que será incorporado a finales de 2012; de este modo consegruirán reforzar la configuración de la privacidad. Otras medidas que propone la UE son, por un lado, aumentar el control paternal y, por otro, mejorar la cooperación entre la policía y las autoridades de Internet para eliminar de la red el material que muestra abusos sexuales.

Los países de la Unión Europea pretenden poner en marcha campañas de sensibilización entre los padres y los profesionales que trabajen con niños para mejorar su conocimiento sobre los riesgos que existen en Internet para los menores. Según el informe de la Comisión Europea del pasado mes de junio, 14 sitios de redes sociales, como Facebook, no protege adecuadamente los datos y los perfiles de los menores.

Hoy en día, el 40% de los niños europeos de entre 9 y 12 años y el 75% de los adolescentes de entre 13 y 16 años tienen perfiles en alguna red social, según la agencia de información EFE. De acuerdo con los datos obtenidos en el estudio Kids Online, un informe coordinado y gestionado por la Comisión Europea, la mayoría de niños encuestados accedieron a internet por primera vez con siete años. La Comisión alerta de los riesgos que pueden correr los menores por no disponer de las capacidades necesarias para sortear los peligros que esconde Internet.

Rut Turch